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ĀæCĆ³mo funciona el Sistema Penal Juvenil?

ĀæQuĆ© ocurre con un adolescente desde que es capturado por la policĆ­a por su presunta responsabilidad en un delito, hasta que el juez determina una condena? ĀæQuĆ© establece el CĆ³digo de la NiƱez y la Adolescencia (CNA) sobre cada uno de estos pasos y quĆ© indican los especialistas y las investigaciones que se han hecho, respecto a su cumplimiento?

 

La aprobaciĆ³n en 1989 de la ConvenciĆ³n sobre los Derechos del NiƱo (CDN) ā€“ratificada al aƱo siguiente por nuestro paĆ­s- significĆ³ el ā€œreconocimiento explĆ­citoā€ de la responsabilidad de los adolescentes a partir de los 13 aƱos, asĆ­ como la inclusiĆ³n de determinadas garantĆ­as ā€œque orientan una reacciĆ³n del Estado ante el delito juvenilā€[1].

 

Esto implicĆ³ la creaciĆ³n de un modelo jurĆ­dico especializado, que derivĆ³ en una ruptura entre ā€œlas respuestas estatales ante necesidades de protecciĆ³n ā€“abandono, situaciĆ³n de calle, vulneraciĆ³n- y las relacionadas con el delitoā€[2].

 

Cuando en el 2004 el Parlamento de nuestro paĆ­s aprobĆ³ el CĆ³digo de la NiƱez y la Adolescencia (Ley 17.823), como forma de adecuar la legislaciĆ³n interna a los preceptos de la CDN, se estableciĆ³ un sistema de justicia especĆ­fico para los adolescentes de entre 13 y 18 aƱos (artĆ­culos 69 al 116), ā€œel cual define la reacciĆ³n del Estado frente a los adolescentes acusados de infringir la leyā€[3].

Legalidad: Las personas de entre 13 y  18 aƱos solo pueden ser sometidas a la justicia penal juvenil por infringir la ley. Las garantĆ­as de la legalidad incluyen la definiciĆ³n de los hechos punibles, el procedimiento de enjuiciamiento, las consecuencias jurĆ­dico-penales y la ejecuciĆ³n de estas. La situaciĆ³n social de los adolescentes de entre 13 y 18 aƱos no puede ser utilizada como argumento para la intervenciĆ³n de la justicia penal ni como agravante de una pena.

 

Excepcionalidad y brevedad: La detenciĆ³n y la privaciĆ³n de libertad de los adolescentes deben ser medidas de Ćŗltimo recurso y en caso de optarse por una de ellas, debe ser por el menor tiempo posible.

 

EspecializaciĆ³n: El enjuiciamiento, la sanciĆ³n y la ejecuciĆ³n de medidas penales para personas de entre 13 y 18 aƱos, requieren un sistema especializado, diferenciado del de los adultos.

 

ProtecciĆ³n y garantĆ­as: El sistema penal juvenil debe atender a la protecciĆ³n y las garantĆ­as de desarrollo de los adolescentes, asĆ­ como a su plena integraciĆ³n en la sociedad.

 

Principio de no regresividad: Una vez que ratifican tratados internacionales y adecĆŗan su normativa a los mismos, los Estados tienen la obligaciĆ³n de no retroceder en los estĆ”ndares alcanzados por su legislaciĆ³n interna. 

[1] Observatorio de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en Uruguay 2012, UNICEF, 2012, p. 83

[2] ƍbid, p. 84

[3] ƍbid, p. 85

[4] ƍdem 

Cinco son los principios generales que rigen el sistema de Justicia Penal Juvenil[4]:

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