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¿Cómo funciona el Sistema Penal Juvenil?

¿Qué ocurre con un adolescente desde que es capturado por la policía por su presunta responsabilidad en un delito, hasta que el juez determina una condena? ¿Qué establece el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA) sobre cada uno de estos pasos y qué indican los especialistas y las investigaciones que se han hecho, respecto a su cumplimiento?

 

La aprobación en 1989 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) –ratificada al año siguiente por nuestro país- significó el “reconocimiento explícito” de la responsabilidad de los adolescentes a partir de los 13 años, así como la inclusión de determinadas garantías “que orientan una reacción del Estado ante el delito juvenil”[1].

 

Esto implicó la creación de un modelo jurídico especializado, que derivó en una ruptura entre “las respuestas estatales ante necesidades de protección –abandono, situación de calle, vulneración- y las relacionadas con el delito”[2].

 

Cuando en el 2004 el Parlamento de nuestro país aprobó el Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 17.823), como forma de adecuar la legislación interna a los preceptos de la CDN, se estableció un sistema de justicia específico para los adolescentes de entre 13 y 18 años (artículos 69 al 116), “el cual define la reacción del Estado frente a los adolescentes acusados de infringir la ley”[3].

Legalidad: Las personas de entre 13 y  18 años solo pueden ser sometidas a la justicia penal juvenil por infringir la ley. Las garantías de la legalidad incluyen la definición de los hechos punibles, el procedimiento de enjuiciamiento, las consecuencias jurídico-penales y la ejecución de estas. La situación social de los adolescentes de entre 13 y 18 años no puede ser utilizada como argumento para la intervención de la justicia penal ni como agravante de una pena.

 

Excepcionalidad y brevedad: La detención y la privación de libertad de los adolescentes deben ser medidas de último recurso y en caso de optarse por una de ellas, debe ser por el menor tiempo posible.

 

Especialización: El enjuiciamiento, la sanción y la ejecución de medidas penales para personas de entre 13 y 18 años, requieren un sistema especializado, diferenciado del de los adultos.

 

Protección y garantías: El sistema penal juvenil debe atender a la protección y las garantías de desarrollo de los adolescentes, así como a su plena integración en la sociedad.

 

Principio de no regresividad: Una vez que ratifican tratados internacionales y adecúan su normativa a los mismos, los Estados tienen la obligación de no retroceder en los estándares alcanzados por su legislación interna. 

[1] Observatorio de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en Uruguay 2012, UNICEF, 2012, p. 83

[2] Íbid, p. 84

[3] Íbid, p. 85

[4] Ídem 

Cinco son los principios generales que rigen el sistema de Justicia Penal Juvenil[4]:

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